Cada vez más la República Dominicana muestra avances significativos en tendencias emprendedoras. En el país, según reportes, existen alrededor de 700 mil pequeñas y medianas empresas, las cuales generan unos dos millones de empleos. Por esto, es sabido que éstas representan la zapata del crecimiento nacional y una fuente constante de generación de nuevos empleos.

La creatividad, la innovación y la independencia en la creación de nuevos productos y servicios no han faltado en los últimos años. Las incubadoras de negocios y los centros de emprendedurismo en las universidades han hecho de la formación de nuevas empresas uno de los salvavidas de la economía nacional. Ahora, la necesidad de crear se hace más necesaria. Primero, para contrarrestar el desempleo. Y segundo, para aumentar los ingresos del Estado y hacer frente al déficit fiscal.

Pero el emprendedurismo resultaría muy arriesgado si no hay políticas públicas que incentiven y fortalezcan este sector. Ante esto, el diputado y empresario Miguel David Collado sometió -en noviembre de 2011- el anteproyecto de Ley de Emprendedurismo e Innovación Empresarial, cuyo objetivo es precisamente la creación de un marco regulatorio e institucional que sirva de fundamento para promover una cultura emprendedora en República Dominicana a través de incentivos y acceso a financiamiento. De acuerdo con la legislación, estos beneficios no aplicarán a negocios establecidos, sino que es estrictamente para nuevas empresas que necesiten apoyo financiero.

Según Collado, la propuesta busca facilitar el proceso de constituir una empresa con toda la de la ley, la cual tribute y aporte al desarrollo socioeconómico del país. “Si se logra reducir los costos asociados con el tiempo de incorporación y se simplifican los trámites para el inicio y la puesta en operación de los negocios, se facilitaría el ingreso de nuevas empresas formales a la economía, aumentando con ello los empleos, las recaudaciones y el cumplimiento de las obligaciones de las mismas frente al Estado”, expresa el anteproyecto de ley.

Uno de los mayores inconvenientes, que desea abolir esta ley, es justamente la gran cantidad de impuestos que debe pagar un emprendedor a la hora de crear su empresa y –claro- para mantenerla a flote, lo que provoca que muchas compañías se queden detrás de la sombra de la informalidad o no cumplan con sus obligaciones. Pero la ley no contempla únicamente disposiciones relativas a las exoneraciones impositivas, sino que diseña la maquinaria para establecer medidas que favorezcan el emprendedurismo, tales como el acceso a financiamiento, las incubadoras de negocios, las redes de inversionistas, entre otros aspectos.

Ya esta iniciativa cuenta con el respaldo de los distintos sectores financieros, industriales, empresariales, sociales y políticos, que vieron en ella una alternativa ante la crisis económica que afecta a la administración pública, ya que contribuiría a incrementar los aportes fiscales. Es el caso de la Federación de Asociaciones Industriales, la Confederación Dominicana de la Pequeña y Mediana Empresa (Codopyme), la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (Anje) y la Asociación de Exportadores Dominicanos (Adoexpo), que manifestaron la urgencia con que debe ser aprobada esta iniciativa en la Cámara de Diputados, pues contribuiría al surgimiento de nuevas ideas y nuevos negocios. También, ayudaría -a su juicio- a evitar la fuga de recursos humanos que emigran a otros países en busca de mejores oportunidades.

Vamos a tomar aguas profundas para analizar y enumerar los puntos más relevantes de la Ley de Emprendedurismo e Innovación Empresarial, a fin de que se conozca -más de cerca- sus aportes al sector emprendedor nacional.

1-Exoneración del Impuesto sobre la Renta

Las personas jurídicas que realicen inversiones en proyectos emprendedores se beneficiarán de una exención de Impuesto sobre la Renta equivalente a la totalidad del monto invertido, es decir que el Estado de otra manera le retribuiría su inversión. Este privilegio podrá ser aplicado hasta por cinco años desde el inicio de las operaciones.

El proyecto de ley establece también que aquellas empresas que tengan el registro de emprendedor no paguen el Impuesto sobre la Renta durante los primeros tres años de constituida su compañía, a menos que haya división de dividendos entre los socios. Además, se pretende reducir el Impuesto sobre la Renta a un 10 por ciento… A estos incentivos, se suma una exoneración para pagar el porcentaje de participación en los beneficios de las empresas, establecido en el Código de Trabajo, durante los tres primeros años, siempre y cuando este porcentaje sea reinvertido en el capital de la misma compañía.

2- Régimen especial de financiamiento

Se ofrecerá financiamiento de corto, mediano y largo plazo a proyectos emprendedores mediante el Fondo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fomipymes). Según la nueva ley, serán destinados únicamente a emprendedores al menos un 25 por ciento de los recursos destinados a financiamiento de este fondo.

3- Nuevas instituciones reguladoras

De igual manera, esta propuesta fortalece las atribuciones de la Dirección de Emprendimientos del Viceministerio de Fomento a las Pymes, adscrita al Ministerio de Industria y Comercio. Esta entidad se encargará de la aplicación de los estímulos tributarios, la creación de las empresas y las exenciones temporales, las cuales serán administradas a través del Registro Nacional de Emprendedor.

Pero una institución que sí será de nueva creación es el Consejo Nacional para el Emprendimiento y la Innovación Empresarial (Coemprende), el cual fungirá como rector de las política públicas de emprendimiento en Dominicana. Por otro lado, se creará el Registro Nacional de Emprendedores, que contará con un archivo de todo nuevo proyecto emprendedor que desee acogerse a alguno de los incentivos o programas establecidos en esta ley. El proceso de inscripción se realizará libre de costo y las nuevas empresas dispondrán de un plazo de 60 días -a partir de la obtención del Acta del Registro Nacional de Contribuyente (RNC)- para inscribirse en el Registro Nacional de Emprendedores.

4- Simplificación de Trámites Empresariales

De acuerdo con el artículo 18 del proyecto de ley, se establecerá igualmente un Sistema de Simplificación de Trámites Empresariales para los procesos de creación, tramitología, operación y mantenimiento de las empresas. Este sistema podrá abarcar cualquier trámite y procedimiento realizado por la administración pública. El propósito de este sistema es reducir los tiempos y costos relacionados con la creación de las empresas, así como establecer una Ventanilla Única de Trámites Empresariales, que cumpla con este fin.

5- Centros de Incubación y Redes de Inversión

La legislación garantiza apoyo logístico y financiero para facilitar el establecimiento de centros de incubación en todo el país, que ayuden a desarrollar ideas y proyectos emprendedores. Los centros de incubación también van de la mano con la creación de nuevas redes de inversionistas ángeles. La ley establece aportes logísticos y técnicos para su estructuración.

6-Sobre la Seguridad Social

Las empresas que sean calificadas por la Dirección de Emprendimientos tendrán un régimen especial de ingreso y cotización en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) de un año a partir de su inicio de operaciones. La afiliación, cotización y participación en el sistema tendrá un carácter obligatorio; pagarán durante el primer año la totalidad de la cotización del Seguro Familiar de Salud y la mitad del precio por concepto de pensiones y riesgos laborales. De esta manera, se pretende otorgar un subsidio por parte del Gobierno para enfrentar los gastos en seguridad social del empleador para empresas con tres años o menos de ser constituidas y que tengan más de 20 empleados.